Tras ser citado a declarar ante la Comisión Asesora y Fiscalizadora de la ACTC, se comunicó una multa para el piloto Jonatan Castellano. Semanas atrás, expresó disconformidad ante una resolución de la misma CAF, que modificó una pena aplicada el fin de semana previo a las declaraciones por los Comisarios Deportivos actuantes en la competencia de TN APAT en Río Cuarto: Se había recargado a Jorge Barrio por un toque al loberense, colocándolo detrás de éste en el clasificador, pero se retrotrajo la pena días después.
Según indica la norma vigente, las reclamaciones se deben efectuar por los medios previstos en el reglamento y «está prohibido efectuar públicamente y por cualquier medio declaraciones que afecten la imagen del automovilismo deportivo, de las autoridades del ente fiscalizador y de la carrera; absteniéndose asimismo y en todo momento de comentar, hacer citas, respecto de personas o entidades que se hallen en conflicto con la ACTC«.
COMUNICADO DE PRENSA
DESIGNACIÓN DE COMISARIOS DEPORTIVOS:
1- Designar Comisarios Deportivos para las Competencias de TC, TC Pista y Formula 2, a disputarse los días 05, 06 y 07 de Diciembre en el Autódromo Roberto Mouras de la Ciudad de La Plata, a los Sres. Roberto Saibene y Sergio Garone.
2- Designar Comisario Deportivo Adjunto para las Mencionadas Competencias, al Sr. Gustavo Mancuso.
SANCIONES:
1- Aplicar al piloto Jonatan Castellano, la sanción de multa de pesos 3.000.000 por Infringir el ART. 55 DISPOSICIONES ESPECIALES, Inc. 07-15 del Reglamento Deportivo Campeonato Argentino de TC Año 2025, que el referido Artículo Expresa lo siguiente: Los competidores, mecánicos, integrantes de equipos u otras personas que tomen intervención directa o indirectamente en el desarrollo de las competencias, deberán efectuar las reclamaciones que estimen pertinentes, de la forma y por los medios previstos en el RDA. Está Absolutamente Prohibido Efectuar Públicamente y por cualquier medio declaraciones que afecten la imagen del Automovilismo Deportivo, de las Autoridades del Ente Fiscalizador y de la Carrera, Absteniéndose asimismo y en todo momento de comentar, hacer citas, respecto de personas o entidades que se hallen en conflicto con la A.C.T.C., la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo.
2 Aplicar al piloto de TN Clase 2 Joaquín Cafaro, la sanción de largar en la última posición en la próxima Serie que participe, por haber llegado a los 3 Apercibimientos.
3 Aplicar al piloto de TN Clase 2 Juan Pablo Pastori, la sanción de Apercibimiento por maniobra peligrosa contra el Auto N° 25 perteneciente al piloto Renzo Blotta, con la carrera neutralizada, en la vuelta N°13 en la Final disputada el día 30 de noviembre en el Autódromo Gral. San Martín de la Ciudad de Mendoza.
4 Aplicar al piloto de Turismo Pista Clase 1 Marcos Cordani, la sanción de Apercibimiento por Infringir el ART.55 INC. 07 – 15 comportamiento indebido en boxes.
AUTORIZACIÓN REGLAMENTOS CATEGORÍA TURISMO PISTA 2026
1- Se aprueban los Reglamentos Técnicos y de Seguridad de la Categoría Turismo Pista Clase 1, Clase 2 y Clase 3 para la temporada 2026, con sus correspondientes fichas para cada modelo, los cuales se encuentran a disposición en el Dpto. Técnico de la ACTC, y en la página WEB de la Categoría Turismo Pista.
CITACIÓN:
1- Citar al Piloto de Formula 2 Ayrton Chorne, a concurrir a la CAF el día 09 de Diciembre a las 16 horas.
2- Citar al Piloto de TC Jeremías Scialchi, a concurrir a la CAF el día 09 de Diciembre a las 16 y 30 horas.
3- Citar al Propietario del Equipo DTA Sr. Ulises Armellini, a concurrir a la CAF el día 09 de Diciembre a las 16 y 30 horas.
AUTORIZACIÓN:
1- Conforme lo resuelto por el Comité Ejecutivo de la ACTC, se Autoriza al Piloto Santiago Biagi, a participar por Vía de Excepción en la Próxima Competencia de TC Pista Pick Up de la Presente Temporada. La CAF de la ACTC, establece la Excepción del ART. 5to. del Reglamento Deportivo General Campeonato Argentino de Pilotos Año 2025, para ser aplicado al citado Piloto, por lo que no obtendrá puntuación alguna, haciéndose acreedor de la misma el competidor que arribe en la siguiente posición en el Clasificador Final. Cabe aclarar que, si el Piloto Santiago Biagi gana la competencia, los puntos pasarán al Piloto que arribe en la segunda posición, y en función del Campeonato no se le computará como carrera ganada como lo exige el presente Reglamento.





